Datos generales
Erección: 28-XI-1982 Ver Bula Ut sit
Estatutos: Ver estatutos [Latin]
Prelado: Monseñor Fernando Ocáriz
Vicario General: Monseñor Mariano Fazio
Vicario Secretario Central: Rev. Antoni Pujals i Ginebreda
La Curia Prelaticia tiene su sede central en: Viale Bruno Buozzi 73, 00197, Roma, Italia.
Breve explicación:
El Opus Dei –fundado en 1928 por san Josemaría Escrivá de Balaguer– fue erigido por Juan Pablo II en prelatura personal de ámbito internacional, mediante la Constitución apostólica Ut sit del 28 de noviembre de 1982.
Antes de ser erigido en Prelatura, el Opus Dei era ya una unidad orgánica compuesta por laicos y sacerdotes que cooperan en una tarea pastoral y apostólica de ámbito internacional. Esa concreta tarea cristiana consiste en difundir la llamada a la santidad en medio del mundo, en el trabajo profesional y en las circunstancias ordinarias de cada uno.
Pablo VI y los sucesivos Romanos Pontífices determinaron que se estudiara la posibilidad de dar al Opus Dei una configuración jurídica adecuada a su naturaleza, configuración que, a la luz de los documentos conciliares, había de ser la de prelatura personal.
En 1969 comenzaron los trabajos para realizar esa adecuación, con intervención tanto de la Santa Sede como del Opus Dei. Estos trabajos concluyeron en 1981. A continuación, la Santa Sede remitió un informe a los más de dos mil Obispos de las Diócesis donde estaba presente el Opus Dei, para que hiciesen llegar sus observaciones.
Cumplido este paso, el Opus Dei fue erigido por Juan Pablo II en prelatura personal el 28 de noviembre de 1982. La ceremonia de ejecución de la Bula Ut sit fue el 19 de marzo de 1983. Con este documento el Romano Pontífice promulgó los Estatutos, que son la ley particular pontificia de la Prelatura del Opus Dei. Estos Estatutos asumen lo preparado por san Josemaría años atrás, con los cambios imprescindibles para su adaptación a la nueva legislación.
Misión de la Prelatura
La actividad del Opus Dei se resume en la formación de los fieles de la Prelatura para que desarrollen –cada uno en su propio lugar en la Iglesia y en el mundo– una actividad apostólica multiforme, promoviendo a su alrededor la llamada universal a la santidad.
La tarea apostólica de los fieles de la Prelatura –como la de muchos otros católicos– persigue una vivificación cristiana que, con la gracia de Dios, redunda en beneficio de las parroquias y las iglesias locales: sus frutos son conversiones, una mayor participación en la Eucaristía, una práctica más asidua de los demás Sacramentos, la difusión del Evangelio en ambientes a veces alejados de la fe, iniciativas de solidaridad con los más necesitados, colaboración en catequesis y en otras actividades parroquiales, cooperación con organismos diocesanos, etc.
Este apostolado de las personas del Opus Dei se desarrolla en el marco del carisma específico de la Prelatura: la santificación en el trabajo y en las realidades de la vida ordinaria.
Para poder realizar esta misión los fieles de la Prelatura asisten a clases semanales, también llamadas círculos, sobre temas doctrinales y ascéticos. Participan en un retiro mensual, que consiste en dedicar algunas horas, un día al mes, a la oración personal y la reflexión sobre temas de vida cristiana. Además, asisten anualmente a un curso de retiro espiritual que ordinariamente dura de tres a cinco días.
Análogos medios de formación se facilitan a los cooperadores, a los jóvenes que participan en la labor apostólica de la Prelatura y a cualquier persona que desee recibirlos.
Los medios de formación se imparten en las sedes de los Centros del Opus Dei y en otros lugares que resulten apropiados. Por ejemplo, un círculo se puede tener en el domicilio de alguna de las personas que asisten; un retiro, en una iglesia que el párroco permita usar con este fin durante unas horas, etc.
Ámbito de la Prelatura:
La potestad del Prelado se extiende a cuanto se refiere a la peculiar misión de la Prelatura:
a) Los fieles laicos de la Prelatura están sometidos a la potestad del Prelado en todo lo relativo al cumplimiento de los peculiares compromisos –ascéticos, formativos y apostólicos– asumidos en la declaración formal de incorporación a la Prelatura. Estos compromisos, por su materia, no interfieren con la potestad del Obispo diocesano.
Los fieles laicos del Opus Dei siguen siendo fieles de las Diócesis en que residen y siguen sometidos a la potestad del Obispo diocesano del mismo modo y en las mismas cuestiones que los demás católicos.
b) Según las disposiciones de la ley general de la Iglesia y del derecho particular del Opus Dei, los diáconos y presbíteros incardinados en la Prelatura pertenecen al clero secular y están plenamente bajo la potestad del Prelado.
Deben fomentar relaciones de fraternidad con los miembros del presbiterio diocesano y observar cuidadosamente la disciplina general del clero, y gozan de voz activa y pasiva para la constitución del Consejo presbiteral de la Diócesis.
Asimismo los Obispos diocesanos, con la previa venia del Prelado o, en su caso, de su Vicario, pueden encomendar a los sacerdotes del presbiterio de la Prelatura encargos u oficios eclesiásticos (párrocos, jueces, etc.) de los que sólo darán cuenta al Obispo diocesano y que desempeñarán siguiendo sus directrices.
Relación con las Diócesis:
Los Estatutos del Opus Dei (título IV, capítulo V) establecen los criterios para las relaciones de armónica coordinación entre la Prelatura y las Diócesis en cuyo ámbito territorial la Prelatura lleva a cabo su misión específica. Algunas características de esta relación son las siguientes:
a) No se inicia la labor del Opus Dei ni se procede a la erección canónica de un Centro de la Prelatura sin el consentimiento previo del Obispo diocesano.
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b) Para erigir iglesias de la Prelatura, o cuando se encomiendan a ésta iglesias ya existentes en las Diócesis –y, en su caso, parroquias– se estipula un convenio entre el Obispo diocesano y el Prelado o el Vicario regional correspondiente; en estas iglesias se observan las disposiciones generales de la Diócesis respecto a las iglesias llevadas por el clero secular.
c) Las autoridades regionales de la Prelatura informan regularmente y mantienen relaciones habituales con los Obispos de las Diócesis donde la Prelatura realiza su tarea pastoral y apostólica; y también con los Obispos que ejercen cargos directivos en las Conferencias Episcopales y con sus respectivos organismos.
d) Las autoridades del Opus Dei promueven la unión de todos los fieles de la Prelatura con los pastores de las Diócesis, les invitan a profundizar en el conocimiento de las disposiciones de los Obispos diocesanos y de la Conferencia Episcopal y les animan a llevarlas a la práctica, cada uno de acuerdo con sus circunstancias personales, familiares y profesionales.
Organización de la Prelatura:
Además de normas del derecho general de la Iglesia, la Prelatura del Opus Dei se rige por la constitución apostólica Ut sit y por sus propios Estatutos o Código de derecho particular del Opus Dei.
Según estas normas, el Prelado tiene potestad ordinaria propia (cfr. CIC, canon 295).
En el gobierno del Opus Dei, el Prelado cuenta con la colaboración de un Consejo de mujeres, la Asesoría Central, y otro de hombres, el Consejo General. Ambos tienen su sede en Roma.
El gobierno de la Prelatura es colegial: el Prelado y sus Vicarios desempeñan siempre sus cargos con la cooperación de los correspondientes Consejos, formados en su mayoría por laicos.
Los Congresos generales de la Prelatura se celebran ordinariamente cada ocho años, con participación de miembros procedentes de los distintos países donde está presente el Opus Dei. En esos Congresos se estudia la labor apostólica de la Prelatura y se proponen al Prelado las líneas para su futura actividad pastoral. El Prelado procede en el Congreso a la renovación de sus Consejos.
La Prelatura se distribuye en áreas o territorios llamados Regiones. Al frente de cada Región –cuyo ámbito puede o no coincidir con un país– hay un Vicario regional, con sus Consejos: Asesoría Regional para las mujeres y Comisión Regional para los hombres.
Algunas Regiones se subdividen en Delegaciones de ámbitos más reducidos. En este caso, se repite la misma organización del gobierno: un Vicario de la Delegación y dos Consejos. Finalmente, a nivel local existen los Centros del Opus Dei, que organizan los medios de formación y la atención pastoral de los fieles de la Prelatura de su ámbito.
Los Centros son de mujeres o de hombres. En cada uno hay un Consejo local, con una directora o director laico y con al menos otros dos fieles de la Prelatura. Estos fieles laicos –hombres y mujeres– que se ocupan de la dirección de los Centros y de los medios de formación viven el celibato, como un don de Dios y por motivos apostólicos: son los Numerarios y Agregados. Esto les permite una mayor dedicación a tareas formativas, sin modificar en nada su condición laical, su situación profesional, su posición en la Iglesia y en la sociedad.
La mayoría de los fieles del Opus Dei son los miembros Supernumerarios: se trata por lo general de hombres o mujeres casados, para quienes la santificación de los deberes familiares forma parte primordial de su vida cristiana.
Para que los fieles adscritos a cada Centro puedan recibir su atención, el Ordinario de la Prelatura designa diversos sacerdotes de su presbiterio.
Más información sobre las normas jurídicas del Opus Dei
Otros enlaces de interés:
– 17 preguntas frecuentes
– 5 preguntas breves
– ¿Qué son las prelaturas personales?
– Las Prelaturas personales en 9 palabras
– ¿Qué características tiene concretamente la prelatura personal del Opus Dei?
– Aspectos jurídicos
– ¿Los laicos pertenecen a la prelatura, o sólo los sacerdotes?
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– Servicio a la Iglesia
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– El Opus Dei en la Iglesia
– Muchas sectas, una prelatura (Vittorio Messori)
– Textos y estudios para profundizar