Pastor Bonus, 80 y 89

Juan Pablo II, Constitución Apostólica Pastor Bonus sobre la Curia Romana, 28-VI-1988, AAS 80 (1988) 841-930

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Congregación para los Obispos
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Artículo 80

Compete a esta Congregación todo lo que corresponde a la Santa Sede sobre las prelaturas personales.
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Congregación para la Evangelización de los Pueblos

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Artículo 89

Dependen de ella los territorios de misión, cuya evangelización confía a idóneos Institutos, Sociedades y también a las Iglesias particulares, y se ocupa, por lo que se refiere a esos territorios, de todo lo relativo a la erección o cambio de circunscripciones eclesiásticas, o a la provisión de Iglesias, así como de las demás funciones que ejerce la Congregación para los Obispos en el ámbito de su competencia.
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http://www.vatican.va/holy_father/john_paul_ii/apost_constitutions/documents/hf_jp-ii_apc_19880628_pastor-bonus-roman-curia_sp.html