11 abril 2014
Se ha publicado recientemente un volumen de lecciones introductorias de Derecho eclesiástico español titulado Derecho y Religión (Ed. Comares, Granada 2014, 210 pag). Los autores son María del Mar Martín, Mercedes Salido, y José María Vázquez García-Peñuela, profesores de Derecho eclesiástico.
Como exponen en la presentación, se trata de un libro “de texto”, que pretende adaptar los contenidos de la materia a la reducción de la carga docente de esta disciplina, para facilitar el estudio a los alumnos.
El apartado más relacionado con las circunscripciones eclesiásticas es el 4.2, que trata sobre la adquisición de la personalidad jurídica de las entidades de la Iglesia católica. Explican los autores que el “criterio en que se basa la exigencia de requisitos para el reconocimiento de la personalidad jurídica es el de la eclesiasticidad de las entidades, de manera que a mayor eclesiasticidad se le exigirán menos requisitos y viceversa. Esta eclesiasticidad es el grado de vinculación o control de una determinada entidad por parte de las autoridades eclesiásticas”.
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En este sentido, las entidades orgánicas, o de la estructura jurisdiccional de la Iglesia, como forman parte de las propia organización institucional de la Iglesia, se les reconoce personalidad jurídica sin requisito alguno: se encuentran aquí desde las diócesis y asimiladas, a las prelaturas personales y el ordinariato militar. En el caso de las creadas después de los Acuerdos de 1979, ese reconocimiento está condicionado al solo hecho de que tengan personalidad jurídica canónica y que se notifique a las autoridades estatales. En cambio, hay necesidad de inscripción en el Registro de entidades religiosas para los institutos de vida consagrada, las asociaciones y fundaciones.
El manual facilita en los apéndices los textos de los distintos acuerdos con el Estado español de la Iglesia católica y otras confesiones religiosas. Entre ellos, figura el Instrumento de ratificación del acuerdo entre el Estado español y la Santa Sede sobre la asistencia religiosa a las fuerzas armadas y el servicio militar de clérigos y religiosos (3 de enero de 1979), que incluye referencias al entonces llamado Vicariato castrense.